MARCO LEGAL
MARCO LEGAL
Objetivo Analizar la normativa emitida en Colombia desde la perspectiva del derecho del trabajo, la seguridad social y la salud pública en el siglo XX, para identificar las concepciones en torno a la salud ocupacional y los riesgos profesionales, estableciendo las convergencias y diferencias que existen entre cada una de estas líneas y si responden o no a una visión complementaria. Método Investigación documental, mediante un análisis categorial temático de las reglamentaciones y estatutos promulgados en el siglo XX en Colombia, considerando el elemento o materia principal que se encarguen de regular relacionado con los riesgos profesionales o la salud ocupacional. Resultados Se construyó una periodización del desarrollo normativo en salud laboral en el país en el siglo XX, permitiendo evidenciar el predominio histórico de la visión del derecho social, que se concentra en la protección de los riesgos profesionales de los trabajadores dependientes, como una tendencia que se extiende hasta el Sistema General de Riesgos Laborales. Conclusiones Las etapas propuestas como eje ordenador de la normativa en riesgos profesionales y salud ocupacional posibilitan reconocer elementos trascendentales del contexto social, legal e institucional en el que emergieron tales reglamentaciones preocupadas por la salud de los trabajadores, advirtiéndose una tensión histórica entre las preceptivas dirigidas a la reparación y compensación de las contingencias relacionadas con el trabajo y aquellas directrices con una orientación preventiva.
Sin embargo, una fue la declaración de principios que hizo la Constitución y otra la interpretación real de la manera cómo debía operar el Sistema de Seguridad Social, representación que se observa en la Ley 100 de 1993. Dentro de esta reglamentación se concretó el Sistema General de Riesgos Profesionales [SGRP] (39,43,37), aquel régimen de protección frente a las contingencias laborales de ATEP que se enmarca en el Sistema de Seguridad Social Integral que, se supone, partía de la universalidad y la integralidad como principios esenciales. Si bien es cierto que en la preceptiva se vislumbra la posibilidad de que los independientes y las personas en otras modalidades laborales se suscriban al sistema, cuando se efectúa un examen minucioso de las acepciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en las que se cimientan las prestaciones defendidas por este régimen, se continúa con el criterio orientador de que estas eventualidades sean con causa o con ocasión de la actividad.
Objetivo Analizar la normativa emitida en Colombia desde la perspectiva del derecho del trabajo, la seguridad social y la salud pública en el siglo XX, para identificar las concepciones en torno a la salud ocupacional y los riesgos profesionales, estableciendo las convergencias y diferencias que existen entre cada una de estas líneas y si responden o no a una visión complementaria. Método Investigación documental, mediante un análisis categorial temático de las reglamentaciones y estatutos promulgados en el siglo XX en Colombia, considerando el elemento o materia principal que se encarguen de regular relacionado con los riesgos profesionales o la salud ocupacional. Resultados Se construyó una periodización del desarrollo normativo en salud laboral en el país en el siglo XX, permitiendo evidenciar el predominio histórico de la visión del derecho social, que se concentra en la protección de los riesgos profesionales de los trabajadores dependientes, como una tendencia que se extiende hasta el Sistema General de Riesgos Laborales. Conclusiones Las etapas propuestas como eje ordenador de la normativa en riesgos profesionales y salud ocupacional posibilitan reconocer elementos trascendentales del contexto social, legal e institucional en el que emergieron tales reglamentaciones preocupadas por la salud de los trabajadores, advirtiéndose una tensión histórica entre las preceptivas dirigidas a la reparación y compensación de las contingencias relacionadas con el trabajo y aquellas directrices con una orientación preventiva.
Sin embargo, una fue la declaración de principios que hizo la Constitución y otra la interpretación real de la manera cómo debía operar el Sistema de Seguridad Social, representación que se observa en la Ley 100 de 1993. Dentro de esta reglamentación se concretó el Sistema General de Riesgos Profesionales [SGRP] (39,43,37), aquel régimen de protección frente a las contingencias laborales de ATEP que se enmarca en el Sistema de Seguridad Social Integral que, se supone, partía de la universalidad y la integralidad como principios esenciales. Si bien es cierto que en la preceptiva se vislumbra la posibilidad de que los independientes y las personas en otras modalidades laborales se suscriban al sistema, cuando se efectúa un examen minucioso de las acepciones de accidente de trabajo y enfermedad profesional, en las que se cimientan las prestaciones defendidas por este régimen, se continúa con el criterio orientador de que estas eventualidades sean con causa o con ocasión de la actividad.
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